Personeria Gremial 268/54.

Pasco 148. Ciudad Autonoma de Buenos Aires- Argentina

Tel: (011)4952-3942/6326- 4951-6073/1576.
0810-999-6773

viernes, 7 de mayo de 2010

Ya es ley la modificación a las cuentas sueldo

Fue publicada en el Boletín Oficial. Ya no se abonarán las comisiones por el uso de cajeros de otras entidades ni se limitará la cantidad de extracciones.

La modificación al artículo 124 de la Ley de Contrato de Trabajo, que establece que las entidades financieras "bajo ningún concepto" podrán establecer costo alguno para la extracción de fondos de las cuenta sueldo, se publicó este miércoles en el Boletín Oficial.
Esto implica que los bancos ya no podrán aplicar costos por el retiro de dinero ni limitar la cantidad de extracciones gratuitas a través de los cajeros automáticos, como ocurre hasta la fecha.

Su impacto será leve pero impactará en los bolsillos de los empleados en relación de dependencia ya que tampoco abonarán las comisiones que cobran los bancos por el uso de cajeros automáticos de otras entidades.

De acuerdo a la ley 26.590, el artículo 124 de la Ley de Contrato de Trabajo, en cuanto a su modificación estará redactado de la siguiente forma:

"Dicha cuenta, especial tendrá el nombre de cuenta sueldo y bajo ningún concepto podrá tener límites de extracciones, ni costo alguno para el trabajador, en cuanto a su constitución, mantenimiento o extracción de fondos en todo el sistema bancario, cualquiera fuera la modalidad extractiva empleada".